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19

May, 2020

Las empresas solo podrán hacer pruebas PCR a sus empleados en casos sospechosos

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Sanidad limita el uso de esta técnica de diagnóstico en el puesto de trabajo y responsabiliza a los servicios de prevención de riesgos

El Ministerio de Sanidad limitará la realización de pruebas diagnósticas en las empresas mediante PCR a los casos sospechosos. Así figura en la actualización de un documento técnico sobre las instrucciones sobre la realización de pruebas diagnósticas para la detección del Covid-19 en el ámbito de las empresas. En él se indica que los servicios de prevención de riesgos laborales que realizan actividades sanitarias serán los que acoten la práctica de estos análisis a los ámbitos de actuación establecidos. Según el Ministerio de Sanidad, dicho documento ha sido trabajado y consensuado con las comunidades autónomas, y fue aprobado por la Ponencia de Salud Laboral. En él se recuerda que las pruebas PCR deben realizarse a todo caso sospechoso en las primeras 24 horas.

El Ministerio asegura que dichos servicios de prevención serán esenciales para las autoridades sanitarias en la detección precoz de todos los casos compatibles con Covid-19 para controlar la transmisión. “Su participación en la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica con la recogida de información y la notificación es una obligación, pero también una acción fundamental en el control y seguimiento de los casos y de los contactos en el entorno laboral”, afirma el documento.

Sanidad insiste en que debe darse prioridad a las PCR u otras técnicas de diagnóstico molecular que se consideren adecuadas, frente a otras estrategias, lo que descartaría, por tanto, la utilización de test rápidos, después de que el propio Ministerio los desaconsejara para el diagnóstico y el uso clínico. Todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico, de titularidad pública o privada, deben notificar a la autoridad sanitaria de la comunidad autónoma los casos de Covid 19 confirmados tras la realización de las pruebas diagnósticas. “Asimismo, cualquier entidad de naturaleza pública o privada que, en relación con las pruebas diagnósticas para la detección del Covid-19 adquiera hisopos para toma de muestras, medio de transporte de virus, reactivos de inactivación, kits de extracción de ácidos nucleicos o reacciones de PCR o test rápidos diagnósticos deberá ponerlo en conocimiento de la autoridad sanitaria competente de la comunidad autónoma en la que se encuentren ubicados y/o presten sus servicios, con indicación expresa del tipo de material, número de unidades adquiridas y destino de uso”, concluye.






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