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Conoce las últimas noticias de la mano de Europreven

15

Dec, 2020

Medidas para todas las Comunidades Autónomas, para afrontar el COVID-19 en las próximas festividades navideñas.

#PRL #Prevención #Navidad #COVID19 #Coronavirus

El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de España ha acordado una serie de medidas para todas las Comunidades Autónomas, para afrontar el COVID-19 en las próximas festividades navideñas.

El objetivo de dichas medidas es regular dentro de lo posible nuestras “costumbres para garantizar la seguridad y el control de la pandemia procurando el menor impacto en el desarrollo de las fiestas”.

Son medidas restrictivas que ya hemos podido vivir en anteriores fases de la gestión de la pandemia, como la limitación de desplazamiento o la limitación de personas en reuniones. 

La aplicación de las medidas implica la participación de Municipios, Autonomía y el gobierno, en contínua coordinación, pero también pide la participación activa de comercios, agentes sociales, culturales y deportivos.

Hay que destacar que las medidas pueden estar sujetas a ciertas modificaciones o ampliaciones en las diferentes CCAA, que adaptarán las mismas a la realidad de cada territorio como es el caso de Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana,  Extremadura, Comunidad de Madrid, País Vasco o Ceuta. Por lo que es aconsejable mantenerse al día con las últimas novedades de cada comunidad.


¿Se podrá salir y entrar de las CCAA en Navidad?

Entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, tal y como se señala en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre:

“Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de cada comunidad autónoma y de cada ciudad con Estatuto de autonomía salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

a. Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b. Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

c. Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

d. Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

e. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f. Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

g. Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

h. Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

i. Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

j. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

k. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.”

 

Las CCAA podrán establecer otras excepciones a la limitación de movilidad, dependiendo de la evolución del COVID-19 y siempre aplicable a días concretos.

Canarias y Baleares dispondrán de medidas adaptadas, debido a su carácter insular


¿Podré celebrar la Navidad con mi familia y amigos?

Se permitirá la reunión de hasta un máximo de diez personas, los días 24, 25 y 31 de diciembre y el día 1 de enero, salvo que se trate de convivientes, en  Se debe tener cuidado y precaución con grupos vulnerables

Los estudiantes que vayan a regresar a casa para pasar las vacaciones, deben tener especial precaución los 10 días antes de realizar el viaje limitando las interacciones sociales y extremando las medidas de precaución. Una vez en el hogar familiar, deberán limitar los contactos, respetar la burbuja de convivencia y priorizar la interacción al aire libre.


¿Habrá toque de queda en Navidad?

Seguirá vigente el toque de queda establecido en cada CCAA excepto las noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 al 1 de enero. Para estas fechas, las CCAA podrán cambiar el comienzo de la limitación horario hasta las 1:30 como muy tarde, y solo para regresar al domicilio, en ningún caso para desplazarse a encuentros sociales.


¿Habrá eventos navideños?

Solo se permitirán cabalgatas si son estáticas, se puede controlar el acceso y aforo, y se cumplen todas las medidas de higiene y prevención.


¿Habrá nuevas restricciones para la Restauración y Hostelería en navidad?

Seguirán vigentes las limitaciones de aforo y las recomendaciones en materia de prevención frente al COVID-19 establecidas en cada CCAA con especial atención a:

  • Garantizar una ventilación natural o mecánica.
  • Recordar el uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo.
  • Evitar comer en el mismo plato.


Vía Pública

Los municipios deben favorecer un mayor uso de la vía pública, habilitando más espacios al aire libre disponibles para la ciudadanía.

Se prohíbe comer y beber en la vía pública a excepción de los espacios acondicionados para ello.


Eventos deportivos y culturales

Los eventos deportivos y culturales se celebrarán siempre que sea posible al aire libre, cumpliendo el aforo permitido en cada CCAA y garantizando la distancia de seguridad.

No se podrán celebrar grandes eventos deportivos.


Celebraciones religiosas

Las ceremonias religiosas en espacios cerrados seguirán las normas de aforo establecidas en cada CCAA. Se evitará el canto a favor de música pregrabada. También se recomienda evitar las muestras físicas de devoción o tradición como besamanos, contacto sobre imágenes, esculturas...


Comercio

Se recomienda a la población que se organicen las compras con antelación con el fin de evitar grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales.

Los comercios deben seguir respetando el aforo permitido en su CCAA y garantizar la distancia interpersonal de seguridad entre sus clientes.


Transporte

Las administraciones competentes valorarán si es conveniente aumentar la frecuencia de horarios del transporte público, con el objetivo de evitar aglomeraciones, garantizando una ventilación adecuada y el cumplimiento de todas las medidas necesarias de prevención frente al COVID-19.


Centros residenciales socio-sanitarios

Los residentes que realicen una salida de un centro residencial socio-sanitario, deben permanecer en un único domicilio y con una burbuja de convivencia estable. Tras la vuelta al centro, es recomendable la realización de una prueba diagnóstica para la detección de la COVID-19.


Las 6M

Se recomienda a las comunidades y ciudades autónomas reforzar los mensajes en relación con las medidas de prevención (6M).











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