Conoce las últimas noticias de la mano de Europreven
17
Mar, 2022
La Inspección de Trabajo ha determinado un nuevo Criterio Técnico que obliga a las empresas a evaluar los riesgos de sus empleados a la hora de que puedan sufrir estrés, ansiedad o malestar psíquico en su entorno de trabajo. Además, aquellas que omitan esta evaluación podrán ser sancionadas. Este nuevo requerimiento estaba contemplado dentro de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, sin embargo, no había sido detallado cómo debía llevarse a cabo hasta la fecha. Ahora, este nuevo criterio jugará un papel fundamental y las empresas no pueden eludirlo si no quieren sufrir sanciones.
De esta manera, Inspección confirma que los riesgos asociados con la salud mental son también riesgos laborales y que deben ser evaluados para detectar problemas. Lo cierto es que la actual normativa señala que las compañías tienen la obligación de evaluar los riesgos de sus trabajadores en sus puestos de trabajo, pero no estaba determinado qué riesgos son. Ahora, al incluir también los psicológicos, las compañías deberán planificar medidas para detectarlos y solventarlos de la misma manera que hacen con otros riesgos que puedan afectar a la salud física de los empleados.
Dentro de esta evaluación, las empresas tendrán que conocer si sus trabajadores sufren estrés, monotonía en su puesto de trabajo, rechazo, carga de trabajo excesiva o insuficiente, entre otras cosas. También se evaluará las relaciones entre compañeros de trabajo para determinar si se sienten poco valorados o inseguros. Además, Inspección señala que este tipo de riesgos pueden estar presentes en todo tipo de trabajo sin ninguna excepción, con independencia del tamaño de la empresa, el sector de actividad, tipo de puesto desempeñado o nivel jerárquico del mismo. Por tanto, todas las compañías deberán incluir estos riesgos independientemente del tamaño de la misma.
Según se ha detallado, a la hora de realizar esta evaluación, se aplicará desde la dirección de la empresa al resto de puestos de trabajo, incluso aquellas vacantes que son ocupadas por trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal. Además, las compañías que no realicen esta evaluación podrán ser sancionadas por la Inspección de Trabajo. Aunque no se ha especificado desde cuándo será obligatoria esta evaluación, se incluye dentro de la propia ley vigente, por tanto será algo aplicable en el corto plazo.
Fuente: Agencia EFE
Últimas publicaciones
Archivo de publicaciones
Amplia gama de servicios de prevención de riesgos laborales