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22

Nov, 2019

Próximas Oposiciones a Subinspección Laboral en la nueva escala de Seguridad y Salud Laboral

#PRL #Prevención #Trabajo #Empresa #Subinspección #Seguridad #Salud



Como ya sabemos, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social como cuerpo de la Administración, tiene la función de vigilar y exigir el cumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, así como de las normas jurídico técnicas que incidan en las condiciones de trabajo, y si detectase cualquier incumplimiento al respecto en la empresa, propone a la Autoridad Laboral competente la sanción correspondiente.

Este cuerpo, desde hace unos meses, se ha visto reforzado con una nueva escala de Subinspectores con funciones específicas de Seguridad y Salud Laboral (Prevención de Riesgos Laborales) y que hasta ahora no existía, por lo que se están viendo incrementadas las actuaciones en empresas, tanto en cantidad como en requisitos que solicitan en materia preventiva, así como las sanciones propuestas, dado que estos Subinspectores están especializados, repito, exclusivamente, en prevención de riesgos laborales

Este cuerpo de subinspectores irá creciendo en la medida que vayan aprobándose nuevas plazas, por lo que este escenario de incremento de presión en el cumplimiento por parte de las empresas en materia preventiva, va a ser una constante, e irá en aumento.

En la línea de todo ello, recientemente se ha convocado un nuevo proceso selectivo para cubrir un total de 60 plazas del Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Seguridad y Salud Laboral, Código 1504, por el sistema general de acceso libre comprendidas en el Anexo I del Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019.

Así, de estas plazas, se van a reservar 3 plazas para quien tenga la condición legal de persona con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. De conformidad con lo articulado en el 4.9 del Real Decreto 211/2019 de 29 de marzo, las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general.

Dicho proceso selectivo se va a desarrollar mediante Oposición y en los términos, programas y ejercicios, contemplados los anexos I y II de la convocatoria.

Eso sí, los aspirantes que opten a ingresar en el Cuerpo objeto de esta convocatoria, deberán poseer, además de los enumerados en el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los siguientes requisitos:

  • Nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
  • Titulación: título universitario oficial de Graduado adscrito a la rama del conocimiento de ciencias, ciencias de la salud, o ingeniería y arquitectura. Asimismo, seguirán siendo válidos para el acceso a dicha Escala los títulos de la ordenación universitaria anterior en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, siempre que se trate de títulos que se correspondan con dichas ramas o áreas de conocimiento. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. 
  • Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar.
Estas circunstancias ya están cambiando el flujo al alza, de actuaciones inspectoras en las empresas y en materia de Prevención de Riesgos Laborales, siendo mayor el número de implicados en estas actuaciones, siendo Inspectores de Trabajo y SS, Técnicos y Subinspectores de Seguridad y Salud.


Tomás Rosser




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