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15

Abr, 2021

Se activan las medidas de apoyo a Empresas y Autónomos

#Coronavirus #Economía #Subvenciones #Empresario #Empresa

Las medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, publicadas recientemente en el Real Decreto-Ley 5/2021, son medidas enfocadas a la recuperación y crecimiento de empresas que, pasando dificultades financieras, son viables por disponer de un plan a medio plazo factible y un modelo de negocio idóneo. Se indica en la exposición de motivos que no son medidas de rescate para empresas que ya no fueran viables antes de la crisis de la COVID-19.

Entre las medidas que desarrolla, se encuentran:

  • Ayudas directas a Empresas y Autónomos, dotadas con 7.000 millones de euros de los que 2.000 millones se asignan a las Comunidades Autónomas de Baleares y Canarias y 5.000 millones de euros al resto de Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
  • Un fondo de reestructuración de los créditos avalados por el ICO, que gestionará la banca, y estará dotado con 3.000 millones.
  • Un fondo para recapitalizaciones de empresas medianas por importe de 1.000.
  • La prórroga de moratorias fiscales y concursales.

Se espera que tengan un efecto dinamizador sobre el conjunto del tejido económico del país. No solo pretende mejorar la posición financiera de los autónomos y empresas que obtengan las ayudas directas, sino que, además, al saldar las posiciones acreedoras con sus proveedores, el conjunto de la economía resultará claramente beneficiada por estas medidas.

Son las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla las que establecen los criterios a aplicar en las ayudas para los autónomos y empresas creadas entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020.

Uno de los requisitos más importantes es el volumen de facturación anual, en el sentido de que se haya visto reducido en más del 30% en el año 2020 respecto al 2019.

No podrán acceder a las ayudas las empresas y autónomos que en 2019 tuvieran un resultado negativo.

Estas ayudas estarán sujetas al compromiso de mantenimiento de actividad de las empresas y no reparto de dividendos, con la finalidad de garantizar que llevan de forma efectiva a un refuerzo de la solvencia, y a una mayor capacidad de producción y empleo.

También recae sobre las comunidades autónomas el seguimiento y control de la correcta utilización de las ayudas directas por parte de los destinatarios finales.

Los sectores y las actividades que pueden acceder a las ayudas están definidas en el Anexo I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Respecto a los aspectos necesarios para la distribución, de los recursos de la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas prevista en el Real Decreto-ley 5/2021, se concretan en la Orden HAC/283/2021, de 25 de marzo, por la que se concretan los aspectos necesarios para la distribución definitiva, entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, de los recursos de la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas prevista en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

 


Carmen Panadero





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