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Jul, 2022
En los últimos años se ha producido un incremento importante del uso del patinete eléctrico en áreas urbanas. Muchos de los usuarios lo utilizan como medio de transporte para los desplazamientos del domicilio al centro de trabajo y viceversa. Su mayor uso lleva consigo un aumento de los accidentes laborales con estos vehículos, por lo que es necesario el estudio de los factores de riesgo y de la normativa existente.
Las cifras de siniestralidad laboral nos muestran que más de 2000 trabajadores al año sufrieron un accidente laboral con baja cuando se desplazaban con patinete eléctrico o bici, el 90 % de los mismos fueron in itinere. No siendo todavía un número importante en comparación con otro tipo de accidentes, se prevee un incremento de estos siniestros en los próximos años al utilizarse cada vez más como medio de transporte y ello nos obliga a incluirlos en las evaluaciones de riesgo.
Para evitar un uso descontrolado de los mismos ha sido necesario regular su uso. Tanto el Real Decreto 970/2020 como la nueva Ley de Tráfico que entró en vigor el 21 de marzo de este año definen formalmente al patinete eléctrico como vehículo con lo que ello implica y establecen las normas de circulación de este tipo de vehículos, entre ellas:
solo pueden circular por vías urbanas, tienen prohibida la circulación por aceras, así como por autopistas, autovías o túneles de carácter urbano
no se pueden superar 25 km/h
sólo puede viajar una persona
no se puede hacer uso manual de dispositivos móviles ni llevar puestos auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de música y sonido
obligatorio el uso de casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine
Próximamente será obligatorio contar con un certificado de circulación, para verificar que el vehículo cuenta con una serie de requisitos mínimos y especificaciones, que quedan recogidos en el Manual de características de los vehículos de movilidad personal (VMP) recién publicado en el mes de enero. Algunas de las características que deben cumplir para poder circular por las vías públicas, relacionadas con la seguridad, serían:
La velocidad máxima que no debe superar son 25 km/h
Estarán equipados con sistemas de visibilidad, deberán contar con reflectantes laterales
Contarán con un avisador acústico
Deben llevar incorporado un sistema doble de seguridad para evitar que se abra cuando se lleve recogido
Deben disponer de 2 frenos independientes.
Ya está en vigor, pero se establece un régimen transitorio, de modo que hasta dentro de dos años (22 enero de 2024) no será obligatorio que los VMP que salgan al mercado tengan que tener el certificado y los VMP sin certificado podrán seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027.
Además de lo regulado, se recomienda adoptar otras medidas preventivas para reducir los accidentes laborales con patinetes eléctricos como:
Se utilizarán equipos de protección como casco, rodilleras, coderas y guantes.
Llevar chaleco reflectante para ser más visible
Deberán mantenerse en buen estado, revisando periódicamente el estado de las ruedas, frenos, batería, etc.
Usar zapatos resistentes y con suela no resbaladiza.
Si queremos reducir los accidentes laborales con VMP deberemos incluir estas medidas en la información y formación que se proporciona a los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.
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