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12

May, 2023

Cultura Preventiva

#PRL #prevención #salud #trabajo #normativa

La cultura preventiva comporta una actitud que va más allá del cumplimiento de la normativa en materia de PRL; ya que se trata de “enriquecer las normas estándares que deben cumplirse con valores, códigos de conducta y un conjunto de estímulos a la innovación”, (NTP núm 829).

Con todo, cierto es que la cultura preventiva comienza con el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias en materia de seguridad y salud en el trabajo. En definitiva, el cumplimiento de la normativa sobre PRL es una de las premisas para la consecución de la “Nueva Cultura Preventiva” en la empresa.

Como ya se ha indicado, para el desarrollo de una cultura preventiva es indispensable garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de PRL. En orden a garantizar el correcto cumplimiento de la referida normativa, destacan las funciones de vigilancia y control que tiene encomendada la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, (en adelante ITSS). Concretamente, el art. 9.1 de la LPRL señala que corresponde a la ITSS “la función de la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales”.

El Gobierno de España anunció en su día, un incremento de la plantilla de Inspectores y Subinspectores de la ITSS con el fin de reforzar “la lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social, así como para actuar en la prevención de riesgos laborales”. Pese a esto, la perspectiva de futuro no parece mostrar próximos cambios al respecto. 

En particular, en España hay un inspector por cada 15.000 asalariados, frente a la media europea que se sitúa en 1 inspector por cada 7.300 trabajadores. Las cifran ponen de manifiesto la necesidad de incrementar el número de inspectores y subinspectores en España, y para ello se debe empezar a cumplir el incremento gradual cada año del número de inspectores con el fin de garantizar que la ITSS cumple con eficacia las funciones que tiene legalmente asignadas en materia de PRL.





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