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21

Ene, 2021

Las empresas no podrán despedir al personal que no quiera vacunarse frente al COVID

#PRL #COVID #Vacuna #Salud #Trabajador #Empleo #Privacidad

Los expertos consideran que la ley no contempla esta justificación para un despido y que el derecho a la intimidad y a la dignidad del empleado le protegen de tener que informar sobre si se vacuna o no a su empresa.

Con el proceso de vacunación avanzando en España, aunque a paso lento, se abren dudas que afectan, incluso, al mercado laboral. Por el momento son los ancianos en residencias y los sanitarios los primeros en ser vacunados, pero en unos meses se abrirá el proceso al resto de la población general. El Gobierno decidió no hacer obligatoria por ley la vacunación frente al coronavirus, pero una pregunta que se ha levantado en los últimos meses es si una empresa puede obligar a sus trabajadores a vacunarse y si puede despedirlos si se niegan a hacerlo.

La respuesta es que no. El tema de la vacunación entra en el terreno de la elección de la persona y en su propio derecho a la intimidad. Un trabajador no está obligado a desvelar detalles médicos a su empleador y eso incluye, por tanto, a informar si está o no vacunado. Así lo confirman expertos en legislación laboral consultados por este medio, quienes señalan que al no haber obligado el propio Gobierno a la vacunación de toda la población, el empresario no puede forzar a que un empleado a que se someta a la vacuna ni tener represalias con él en caso de que no lo haga.

El primer punto que impide, según los expertos, que un trabajador sea despedido en caso de no vacunarse obedece a la falta de amparo legal para esta justificación. Los despidos deben estar basados en una causa que lo justifique pero la negativa a seguir un tratamiento, o a vacunarse o incluso a seguir una terapia preventiva no está prevista como causa de despido.

Lo cierto es que en las principales normativas laborales no se hace referencia a procesos de vacunación. Es por ello que los expertos acuden a la Ley de Protección de Riesgos Laborales para argumentar por qué no es legal que un empleado pueda ser despedido por una causa como la de no vacunarse. Esta ley, que data del año 1995, obliga a la empresa a la prevención del empleado frente a los riesgos que pueda acarrear la actividad laboral, pero siempre con un pleno respeto a la intimidad de las personas.

De hecho, en su articulado se subraya que estas medidas de "vigilancia y control" de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo "respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona del trabajador y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud”. En este sentido, puesto que la vacuna no es obligatoria, por decisión del Gobierno, y además no es la única manera de prevenir riesgos en la propia empresa, tanto para el propio trabajador como para el resto de personas de la organización, no pueden producirse consecuencias negativas de su falta. Los expertos consultados inciden en que cualquier tratamiento médico entra dentro de la esfera personal e íntima de las personas.

También se recuerda que la citada ley de Prevención de Riesgos Laborales contempla los exámenes médicos en las empresas como un derecho de las personas trabajadoras y no como una obligación, por lo que la empresa debe contar con el consentimiento de los empleados. Con ello, se pretende evitar intromisiones en la esfera médica, personal e íntima de los asalariados.


Los datos de estos exámenes médicos quedarán únicamente en manos del propio trabajador y del responsable médico encargado de los análisis: "El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las autoridades sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores, sin que pueda facilitarse al empresario o a otras personas sin consentimiento expreso del trabajador", apunta la norma, que añade que los datos de estos exámenes "no podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador".

Esta ley sí contempla casos extremos en los que la empresa podría llegar a obligar a exámenes médicos a sus trabajadores, pero siempre tras un informe favorable de los representantes legales de la plantilla. Siendo el consentimiento un punto sobre el que se basan los exámenes médicos a los empleados, protegidos por la ley, los expertos consideran que, con mayor razón, se requeriría para la vacunación.

Desde que la Unión Europea diera la aprobación a la primera de las vacunas y comenzara el proceso de vacunación, el debate sobre si una empresa puede obligar a sus empleados a someterse a la vacuna o contratar únicamente a aquellos que estén vacunados, se ha puesto sobre la mesa. Los expertos consultados consideran que con la ley en la mano no hay cabida a este tipo de prácticas y en el caso de una entrevista de trabajo, del mismo modo que hay preguntas que no se pueden realizar, la vacunación podría ser uno de ellos.

Fuente: www.eldiario.es





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