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18

Feb, 2021

Plan de Actuación Inspectora dirigida al servicio del hogar familiar

#PRL #Prevención #Inspección #COVID #ITSS #Empleado #Trabajo #Trabajador #

En enero se dio a conocer el Plan de Actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el sector de trabajadores del hogar. Los motivos que impulsan dicho Plan son, en la actual situación de crisis derivada de la pandemia de la COVID-19, velar por el respeto de los derechos de todas las personas trabajadoras, y especialmente de aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

Entre estos colectivos, el  Servicio del Hogar Familiar se ve especialmente afectado por la precariedad laboral

Desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales, la Ley 31/95 no resulta de aplicación en la relación laboral especial de los empleados de hogar. Aunque sí recoge esta Ley que “el titular del hogar familiar está obligado a cuidar de que el trabajo de sus empleados se realice en las debidas condiciones de seguridad e higiene”.

La realidad es que los trabajadores del hogar están expuestos a los mismos riesgos que las personas que trabajan en cualquier empresa del sector limpieza, hostelería o jardinería; los riesgos más habituales son:

  • Caídas a distinto nivel.
  • Sobreesfuerzos.
  • Posturas forzadas.
  • Quemaduras.
  • Exposición a productos químicos.
  • Cortes.
  • Atrapamientos.
  • O golpes, entre otros.

Para evitarlos o minimizar el riesgo hay que facilitar a las personas que ejercen este trabajo, los equipos de protección adecuados, como guantes y calzado antideslizante, y asegurarnos de que los equipos de trabajo cumplan las condiciones de seguridad y estén en buen estado, por ejemplo, las escaleras de mano tipo tijera deben tener, como mínimo, tope para la apertura, travesaños horizontales en buen estado, sistema de estabilización con sujeción y apoyo que impida el deslizamiento y vuelco.

Principales Líneas de Acción

1. La regularización de salarios por debajo del SMI, y correlativa regularización de cotizaciones a la Seguridad Social.

Con la finalidad de que la remuneración y, por tanto, la base de cotización de las personas trabajadoras que integran este colectivo se ajuste a la cuantía actualmente marcada del Salario Mínimo Interprofesional (SMI): para jornada completa de 950 euros/mes en 14 pagas (1.108,33€/mes con prorrateo de pagas extras), y para jornada por horas el salario mínimo será de 7,43 euros/hora.

Para proceder a la regularización de salario y cotizaciones de las personas trabajadoras del hogar, el empleador deberá comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el salario real actual desde el 1 de enero de 2021. Este no podrá ser inferior al SMI vigente.

2. Asistencia técnica y sensibilización

Tanto a empleadores como a personas trabajadoras del sector.Desde este organismo, se ha iniciado la campaña de comunicación con el envío de cartas a las personas empleadoras; en ellas se informa sobre la necesidad de regularizar y actualizar las condiciones salariales, y de cotizaciones a la seguridad social de las personas que tengan empleadas del hogar.

3. Trabajar contra la economía irregular

Evitando su generalización y la falta de derechos laborales que esto comporta para las personas trabajadoras, favoreciendo el acceso a las prestaciones sociales presentes y futuras a las que pudieran tener derecho por razón de su trabajo.

 

Se dará prioridad a las denuncias presentadas y comunicaciones recibidas en el Buzón de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

En la página web del Ministerio de Trabajo y Economía Social puede acceder a la información, con enlaces que le facilitarán el detalle para la regularización de los salarios y las cotizaciones.

Carmen Panadero





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