Esta web usa cookies propias y analíticas. Al seguir navegando, usted acepta el uso que hacemos de estas. Puede cambiar la configuración de las cookies en cualquier momento.

Aceptar Más información

Blog

Conoce las últimas noticias de la mano de Europreven

18

Nov, 2022

Teletrabajo y accidente laboral

#PRL #prevención #salud #accidente #teletrabajo

Desde que llegara el Covid al ámbito laboral, se multiplicaron de forma exponencial el número de empresas que optaron por cubrir puestos de trabajo a través del teletrabajo.

Esto hizo aparecer multitud de dudas legales alrededor del mismo, y como se abordarían.

A día de hoy, sigue habiendo teletrabajo, aunque en menor medida, y no obstante, sigue sin estar resuelto del todo la vertiente de seguridad y salud para estos puestos, sobre todo en lo referido a los accidentes laborales.

La principal duda nos viene cuando se produce un accidente de trabajo en el domicilio del trabajador por causas no conectadas directamente a la infraestructura que la empresa le facilita para desarrollar el trabajo a través de esta modalidad, toda vez que resulta prácticamente imposible evaluar todas las instalaciones de todos los hogares desde donde se va a realizar el trabajo, siendo además un área donde la empresa no tiene ninguna disposición.

Esta mañana, 8 de noviembre de 2022, la prensa se hace eco de una resolución en la que un juzgado de lo social de Cáceres,  ha dado como accidente de trabajo una caída de una teletrabajadora al tropezar saliendo del aseo de su propia casa…

Es complicado, distinguir la zona de trabajo de las zonas comunes o zona privada del trabajador. Pero una vez distinguida, se habría podido interpretar (hasta la llegada de esta sentencia), que la caída en el aseo, entendiendo este espacio como un área privada del trabajador,  no debería ser considerado accidente de trabajo, ni por lo tanto generar responsabilidad de la empresa. 

Con todo ello, y a expensas de posibles recursos, tal y como he apuntado, el Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres ha dado la razón a una empleada, en contra de lo que apuntaba la mutua,  al considerar como accidente de trabajo la caída que sufrió en su casa mientras teletrabajaba, dando por probado que el 8 de marzo de 2022 acudió al baño de su domicilio y al salir, para retomar su tarea, tropezó en el pasillo, cayendo al suelo.

Sin duda, los accidentes en torno al teletrabajo nos irán trayendo sentencias diferentes, y tardará en llegar la unificación de doctrina, dads la diferentes circunstancias que se darán en cada accidente.





Últimas publicaciones

 

Archivo de publicaciones

Amplia gama de servicios de prevención de riesgos laborales